Consejos para autónomos: el IVA y los módulos

aeat.jpegLlega el momento del cierre del año fiscal siendo las últimas declaraciones las que finalizan el próximo 30 de enero. Dentro de las obligaciones fiscales de los empresarios individuales (autónomos) que se encuadran en la modalidad de estimación objetiva, lo que se conoce generalmente como módulos, está la declaración-liquidación anual del IVA.

En los tres primeros trimestres se han realizado pagos «a cuenta» de esta liquidación definitiva por lo que este instante se constituye en fundamental. Cada epígrafe de actividad tiene asignada una cantidad mínima a pagar en función de las magnitudes y del porcentaje que designa la Administración siempre y cuando se hayan soportado cuotas de IVA que cubran la diferencia. Tiene especial importancia registrar todas las facturas de compras y gastos que tengamos en nuestro poder.

No obstante, conviene también distinguir aquellas compras que tienen la condición de bienes de inversión puesto que esa cuota de IVA se deduce aparte y es la única posibilidad de restar la cuota mínima que comentábamos.

Por lo tanto, procuremos no olvidar ninguna factura recibida y, dentro de ellas, separemos aquellas que constituyen una inversión.

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