Pólizas contra atentados terroristas bajo los protocolos de seguridad

Atentado

Los pólizas de seguros se han comenzado a abrir a las contingencias cada vez más crecientes de los efectos producidos por los ataques masivos y violentos indiscriminados. 

El integrismo islámico o la actividad de grupos armados locales han sido el revulsivo de estos seguros. Son los seguros contra atentados terroristas de última generación.

Pólizas que no sólo tratan de asegurar los daños materiales o los ocasionados contra las personas, sino prevenir también los que generen alteraciones en el trabajo de las empresas.

Creo que se trata de un seguro que aún tiene espacio para crecer en diversidad y en complejidad, en función del desarrollo de los mismos riesgos en el futuro, dentro del panorama que ha creado lo que se ha dado en llamar las amenazas asimétricas latentes.

Del mismo modo, creo que los protocolos de seguridad juegan un papel decisivo en las interrupciones comerciales. Algo que incide sobre el cobro de estos seguros y les da el valor real último.

De las autoridades públicas, depende,  por ejemplo, que se declare o no un riesgo o un efecto que pueda ser contemplado favorablemente por la letra de las pólizas suscritas. Si no hay declaración, no se cobra.

Los daños materiales a los edificios comerciales en un ataque terrorista pueden también incluir las reclamaciones por la interrupción del negocio. La cobertura de los ingresos que no se han generado.

Las pérdidas económicas que se producen cuando una empresa se ve obligada a suspender su actividad, ya sea por daños directos ocasionados en sus instalaciones, o porque las autoridades civiles han limitado el acceso a un área después de un atentado.

Del mismo modo, la cobertura puede incluir también toda prevención contra el acceso a los locales comerciales que estuvieran desalojados y que no tuvieran vigilancia.

Un dato a tener en cuenta que creo que hace a estos seguros contra atentados terroristas también muy sensibles a la interpretación de su letra pequeña es que las pérdidas económicas ocasionadas por la interrupción de la actividad económica sólo se contemplan si los daños causados por el atentado terrorista están cubiertos. Y éstos son muy limitados.

Sólo fuego, humo y explosiones, siempre dentro de la zona acordonada por las fuerzas de seguridad.

Otro dato que creo importante, la reducción de ingresos por el miedo de los trabajadores a acudir al lugar de trabajo como consecuencia del atentado o el cierre comercial de determinados espacios de venta por estados de alerta nunca se contemplan en estas pólizas de los seguros contra atentados terroristas. Sin duda, una consecuencia del 11-S.

Pólizas contra atentados terroristas bajo los protocolos de seguridad.

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