Seguro que todos sabemos lo que es un contrato de trabajo. Definiéndolo con palabras entendibles, un contrato es un acuerdo entre dos personas por las que una ofrece un servicio dentro de una empresa o dirección de alguien y otra persona se compromete a entregar una remuneración a cambio por dicho trabajo.
Quizás lo que no sepas son las características que un contrato de trabajo tiene. Eso es algo que viene implícito en las definiciones pero que, si no se analizan, a veces pasan desapercibidas.
Las características de un contrato son:
- Contrato típico y nominal con una entidad propia.
- Contrato de cambio porque las partes se cambian trabajo por salario.
- Contrato de ejecución continuada o periódica. El objeto que persiguen las partes es que se realice de forma continuada.
- Contrato consensual. Se perfecciona por el mero consentimiento de las partes. En otras palabras, una vez ambas partes aceptan el contrato ya es obligatorio para ambas.
- Carácter sinalagmático. Las prestaciones u obligaciones que se deben las partes son recíprocas, es decir, que si se trabaja se recibe salario pero si no hay trabajo no habrá salario.
- Contrato bilateral aunque a veces alguna de las partes venga constituida por una pluralidad de personas.
- Contrato oneroso. Cada parte experimenta un sacrificio por el beneficio que recibe de la otra parte.
- Carácter conmutativo. Las prestaciones que se deben las partes son inmediatamente cierta de manera que se puedan apreciar en el momento de perfeccionarse el contrato.