Clasificación de los contratos de trabajo

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Como ya te hemos definido antes, un contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades o negocio jurídico bilateral por el que una persona se obliga a prestar sus servicios por cuenta de otra dentro del ámbito de la organización y dirección de esa otra y a cambio de una remuneración.

Sin embargo, hay muchos tipos de contratos y una clasificación que no muchos conocen así que, en pro de tu empresa, te diré que los contratos de trabajo se pueden clasificar de tres modos diferentes (hay otras clasificaciones pero una que puede ayudarte es la siguiente)

  • Contrato de trabajo común. Es aquel conceptualizado en el art. 1.1 ET (Estatuto de los Trabajadores). Si falta alguna de las características no habría contrato de trabajo.
  • Relaciones laborales de carácter especial. Son trabajos con peculiaridades diferentes a la relación laboral común pero que el legislador quería regularlos por derecho del trabajo aunque también estuvieran regulados por un Real Decreto.
  • Modalidades Contractuales. Regulados en los artículos 10 a 13 del ET.
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