España se sitúa como el único país de la Unión Europea que aún no ha incorporado a su legislación nacional una directiva de IVA diseñada para aligerar las cargas fiscales de las pequeñas empresas. Esta directiva, que permite a los países de la UE aplicar un régimen especial opcional para pymes que no están obligadas a repercutir IVA bajo ciertos umbrales de ingresos, ha estado en vigor en la mayoría de los países miembros desde el 1 de enero de 2025. Sin embargo, en España, aún no se ha realizado la transposición completa de esta normativa, lo que impide su utilización.
La omisión de este traslado normativo no es un mero tecnicismo, ya que tiene un impacto directo en la gestión fiscal de autónomos y pymes españolas, especialmente aquellos que comercializan productos o servicios dentro de la Unión Europea. La directiva (UE) 2020/285, que introduce este régimen especial, estaba destinada a reducir las obligaciones fiscales y facilitar la operación de negocios de menor envergadura, permitiéndoles dedicar menos recursos a la gestión del IVA y disfrutar de una carga fiscal más acorde con su tamaño.
En contraposición a la situación en España, los países de la UE que ya han implementado esta directiva ofrecen a las pymes la opción de acogerse a este régimen especial, lo que les permite no repercutir IVA en sus ventas y simplificar significativamente su burocracia fiscal. Este marco ofrece ventajas significativas en términos de liquidez, reducción de cargas administrativas y mayor competitividad dentro del mercado único europeo.
La Comisión Europea ha instado a España a adoptar las medidas necesarias para trasponer esta directiva al ordenamiento jurídico interno, enviando una carta de notificación formal de incumplimiento en 2025, seguida de un dictamen motivado. Si no se aborda esta omisión, España podría enfrentarse a procedimientos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La falta de acción deja a los negocios españoles en una desventaja competitiva frente a sus homólogos europeos, una preocupación expresada por asociaciones de autónomos que urgen por cambios que permitan esta simplificación fiscal.
Por el momento, las pymes y autónomos españoles deben operar sin el beneficio de este umbral de exención de IVA por volumen de facturación, manteniéndose sujetos al régimen general de IVA desde el primer euro. Este contexto subraya la importancia de estar atentos a posibles cambios normativos que podrían introducirse si el gobierno decide finalmente aplicar la directiva, lo cual podría alterar de manera significativa la gestión del IVA para numerosas pequeñas empresas en España.







