Qué es un contrato de arrendamiento

El contrato de arrendamiento es un acto de voluntad por el cual una de las partes, llamada arrendador, se obliga a transferir temporalmente el uso y goce de una cosa a otra parte, denominada arrendatario, quien a su vez se obliga a pagar por ese uso o goce un precio determinado.

El precio puede consistir en una suma de dinero pagada de una sola vez o, como suele ser habitual, una cantidad periódica, que  recibe el nombre de renta o alquiler.

En España, el contrato de arrendamiento es regulado por los articulos 1542 y siguientes del Código Civil de España. Los arrendamientos de Inmuebles además están regulados por normativas especificas: la LAU, Ley de Arrendamientos Urbanos (29/1994) y la LAR, Ley de Arrendamientos Rusticos (83/1980).

Aunque no se haya pactado en el contrato,  el arrendador tiene la obligación de entregar al arrendatario la vivienda arrendada con todas sus pertenencias y además de estar en buen estado para el uso convenido, así como las condiciones óptimas de higiene y seguridad del inmueble.

Además, el arrendador no puede intervenir en el uso legítimo de la vivienda arrendada, salvo en casos urgentes e indispensables.  Si el arrendador no cumpliera con hacer las reparaciones necesarias para el uso a que esté destinada la vivenda, el arrendatario tiene la opción de recurrir ante un juez para que resuelva lo que en derecho corresponda o rescindir el arrendamiento.

Por su parte, el arrendatario sólo podrá disponer bien arrendado solamente para el uso convenido o conforme a su naturaleza.

Además, deberá pagar la renta desde el día en que reciba el bien arrendado y en términos del contrato respectivo, aun cuando el contrato se hubiese celebrado con anterioridad, que deberá ser abonada en el lugar convenido (si no se hubiese pactado, en la casa o despacho del arrendatario). En el caso de que el arrendatario no hubiera podido hace uso del bien arrendado, generalmente tendrá el derecho a no pagar la renta mientras dure el impedimento (total o parcialmente).

El arrendatario también tiene la obligación de responder de los perjuicios que la cosa arrendada sufra por su culpa o negligencia, de conservar y cuidar el bien arrendado,  y de restituir el bien arrendado al terminar el contrato en las mismas condiciones en que le fue entregado, únicamente con el desgaste natural excepto que se haya pactado cosa contraria.

El contrato de arrendamiento puede cesar por diferentes causas, como pueden ser la muerte de alguna de las parte, por acuerdo mútuo, por expropiación o por venta judicial, entre otros.

En cualquier caso, el arrendador puede exigir el término del contrato por falta de pago o por que el mismo no se efectúa en las fechas acordadas, por daños o por reformas no consentidas o por necesidad para uso propio del bien arrendado.

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