Seguros para casa

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En la mayoría de los casos, tan pronto compramos una vivienda, comenzamos a hacer las averiguaciones respectivas por el seguro que debemos contratar para que, en caso de que la misma sufra algún siniestro, no perdamos todo lo que poseíamos en ella. En este sentido, bien vale destacarse que la mayoría de entidades aseguradoras que ofrecen este tipo de pólizas, son aconsejadas por los bancos en los casos de préstamos hipotecarios, y en algunos casos, hasta se adquiere obligación en este sentido.

Al contratarse un seguro para la casa, se establece mediante un contrato que debe formalizarse por escrito el mismo, en el que se especifica que el asegurador se encuentra obligado a entregar la póliza al asegurado, mediante la cual este documento explica a todas las partes intervinientes -el asegurador, el asegurado y el agente de seguros- el concepto por el cual se adquiere la póliza, además de la naturaleza del riesgo cubierto, los objetos que se aseguran, la suma asegurada y el importe de la prima.

Entre los tipos básicos de seguros para viviendas podemos mencionar los seguros de daños de la vivienda, obligatorios en España por ley, y que contempla el inmueble en sí mismo. Luego, está el seguro de multirriesgo de la vivienda, en el que se consideran además todos los objetos que al momento del siniestro estaban dentro de la misma. Finalmente, el seguro de vida o de amortización de préstamo, consiste en que se cubran las consecuencias de defunción, invalidez absoluta e invalidez permanente; aunque por lo general la invalidez parcial queda fuera de este apartado.

Por último, bien vale mencionarse también que en la actualidad se ha puesto muy de moda el denominado seguro de edificación, mediante el cual se exige a los promotores de la misma que se contrate un seguro de daños materiales o un seguro de caución, para garantizar que responderá por los daños que se produzcan en la vivienda.

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