Sociedades vía internet

aeat.jpegA partir del próximo ejercicio 2008 todas las entidades cuyo CIF empiece por A ó B tendrán que presentar vía web todas las autoliquidaciones y declaraciones que les sean de aplicación. No se trata de una novedad tajante puesto que ya el Impuesto de Sociedades correspondiente a 2006 debía tramitarse obligatoriamente de este modo.

Debemos valorar como positiva esta medida en cuanto que incentiva el uso de las nuevas tecnologías en todos los ámbitos empezando por el empresarial. Caben señalar algunas objeciones a este buen propósito que tienen su origen en los costes. Existen una serie de gastos no explícitos, llamados fiscales indirectos, que no dejan de ser ajenos en este caso.

En primer lugar porque gravita sobre las sociedades la correcta cumplimentación del trámite derivando la responsabilidad tanto la Administración como las entidades bancarias. Y, segundo, porque los plazos siguen siendo cortos lo que obliga, a su vez, a acelerar la gestión para que las autoridades puedan cumplir con sus objetivos políticos a medio plazo.

En las reuniones que he tenido para que la AEAT explicara las novedades tributarias y procedimentales, los responsables de los distintos departamentos se sorprendían de que en mi provincia hubiera crecido el uso de internet como medio relacional con ellos en torno a un 30% anual sin existir ninguna obligación. Es evidente que a partir de ahora no habrá sorpresas en este sentido, ya que la letra con sangre entra, pero podrían darse cuenta que en cuanto se facilitan las cosas los contribuyentes respondemos sobradamente.

Últimos artículos

Scroll al inicio