El Supremo permite recurrir el indulto a Sáenz

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El Tribunal Supremo de la nación ha informado que avala la legitimación de un accionista minoritario del Banco de Santander, a fin de recurrir el indulto que le fuera concedido, por el anterior Gobierno socialista, al consejero delegado de la entidad cántabra, Alfredo Sáenz, en contra de la opinión de la Abogacía del Estado, según el auto dictado el pasado 3 de mayo en consideración del caso.

En este sentido, la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha concluido que “no puede negarse a que el actor en su condición de accionista, ostenta interés legítimo para la impugnación”, en vista del Real Decreto 1.761/2011, que en su momento eximiera al propio Sáenz de la posibilidad de cumplir una condena de tres meses de arresto e inhabilitación por denuncia falsa.

Justamente, el Supremo ha desestimado la negativa formulada por el Abogado del Estado, ente que mantenía que este accionista minoritario “carecía de legitimidad porque el indulto no afectaba en nada a su esfera personal y patrimonial y que su única finalidad era la de causar el máximo daño posible”, algo que fue denominado bajo la figura de “penoso objetivo”.

Sin embargo, el Tribunal máximo español ha considerado que es, de hecho, “necesario enjuiciar y precisar el derecho reclamado por el minoritario del Santander, ya que el artículo 224 de la Ley de Sociedades de Capital permite a cualquier accionista de una sociedad pedir la destitución de sus administradores cuando incurren en alguna prohibición legal”.

En este caso, el accionista minoritario del Santander ha reclamado que el consejero delegado de la institución “no continúe administrando la entidad en que tiene invertido, mucho o poco, su dinero, no solo por razones éticas, sino porque la normativa bancaria obliga a los ejecutivos de la banca a contar con «honorabilidad”.

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