Autónomos e IVA, más dudas

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Nos plantea Fran una duda respecto a los módulos y el IVA que pasamos a responderle lo mejor posible. Su pregunta es la siguiente:

Hola!!! Mi duda es la siguiente:
Quiero hacerme autonomo y tengo dudas sobre ir a modulos o no.
Mi duda es sobre el IVA.
Si no voy a módulos tengo que ir a régimen general, es decir llevar la contabilidad del IVA de mis costes y el iva ganado.
Pero si voy a módulos (epigrafe 967.2), como calcularia el IVA?? es decir lo que tendria pagar o lo que me tendria que devolver??

En primer lugar confirmarle a Fran que el epígrafe 967.2 está incluido en el régimen de módulos ya que en caso contrario sólo podría estar en Estimación Directa. Por lo tanto, puede elegir entre estar en estimación objetiva o renunciar a ella durante tres años. Seguramente lo mejor es empezar en módulos y luego renunciar en función de cómo le vaya el negocio.

Después hay que ver los parámetros contemplados como magnitudes en ese epígrafe que son el personal empleado y los metros cuadrados del local o lugar en el que desarrolle la actividad. Multiplicando ambas magnitudes por su «coste» te dará la cuota inicial de IVA de la que deberás restar las cuotas reales soportadas en el ejercicio de la actividad.

Por ejemplo, si sólo fueses tú el único trabajador y tuvieses un local de 100 metros cuadrados entonces tendrías unas cuotas iguales a 1×1.238,07 + 100×2,01 = 1.439,07 euros de cuota «inicial». A ésta le restarías las cuotas de IVA efectivamente soportadas, por alquiler, luz, gas, servicios diversos, supongamos para redondear 1.000 euros. Con estas cifras te saldría una cuota a pagar igual a 439,07 euros en términos anuales.

En cualquier caso cabe advertirte que la contabilidad de tus operaciones debe llevarse igualmente estés en módulos o no con especial atención al registro de las operaciones que te dan derecho a deducción, es decir, las compras y gastos.

Esperamos haberte ayudado y no dudes en volver a preguntar lo que desees. Gracias por tu comentario.

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