En un contrato de alquiler, ¿quién paga cada factura?

Vivimos en una época donde el alquiler de viviendas en España pasa por uno de sus puntos más álgidos. Tal es la situación, que en muchos casos es complicado encontrar un inmueble para alquilar. Esto ha provocado que se dispare los precios de los alquileres, llegando a superar, en algunos casos, los precios que se pagan antes de empezar la crisis. Además del problema de localizar un inmueble que poder alquilar, otro de los grandes problemas es conocer qué facturas son las que tiene que pagar el caso de la casa y cuales el inquilino. Si estás pensando en firmar un contrato de alquiler, lo siguiente que vamos a contar puede ser de vuestro interés.

Gastos obligados para el casero y para el inquilino

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Alquilar una vivienda conlleva muchos gastos de facturas que pueden ser negociadas por ambas parte para llegar a un acuerdo a la hora de hacer el pago. Sin embargo, debemos tener en cuenta que hay un gasto que siempre lo debe asumir el casero y otro que es obligatorio que lo pague el inquilino.

De estos gastos obligatorios, el que le toca llevar a cabo al casero es el que hace referencia al alta de los suministros (agua, luz, gas…) Luego el pago de las facturas mensuales corresponden al inquilino, pero el importe derivado de este alta, nunca debería ser pagado por la persona que entre a vivir a la vivienda. Por otro lado, el inquilino tiene la obligación de asumir el pago el Impuesto de Transmisiones patrimoniales (ITP). Se trata de un impuesto que todo el mundo paga cuando se compra una vivienda, pero que también se debe pagar cuando se alquila.

Por raro que pueda sonar, este impuesto no es nuevo, sino que existe desde hace años, aunque su cobro no se ha empezado a exigir hasta hace un par de años y únicamente en algunas comunidades. Son precisamente las comunidades autónomas las encargadas de reclamar su pago.

Gastos asociados al casero

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Una vez que hemos conocido los gastos obligatorios para ambas partes y que no se pueden ceder, nos encontramos con otros gastos que pueden ser asumidos por ambas partes, dependiendo del acuerdo alcanzado. Estos son los habituales que le corresponden al casero:

  • Pago del IBI: Cada año hay que hacer frente a este temido impuesto sobre la vivienda. Lo habitual es que sea el propietario quien se encargue de realizar el pago ya que el inmueble es de su propiedad. Sí que se dan situaciones, sobre todo en inmuebles de renta antigua, donde este impuesto repercute en el inquilino.
  • Comunidad de vecinos: Dependiendo del acuerdo alcanzado, la cuota de la comunidad de vecinos la puede pagar cualquiera de las dos partes. Lo que sí es de obligación por parte del dueño de la vivienda, es que se haga cargo de cualquier posible derrama.
  • Averías o desperfectos: El casero es el encargado de hacer frente a cualquier tipo de avería que aparezca en la vivienda, siempre y cuando no se demuestre que haya sido culpa del inquilino. Si la avería es menor, por ejemplo un piloto o un filtro, entonces si que el pago lo debe asumir el inquilino.

Gastos asociados al arrendatario

Nosotros como arrendatarios de un piso ya hemos firmado el contrato de alquiler, ahora bien, ¿qué gastos debemos asumir?

  • Cuota mensual del alquiler: Es algo obvio pero que es bueno recordar. Hay muchos morosos sueltos que piensan que pueden vivir en cualquier vivienda sin tener que pagar nada.
  • Gastos de suministros: Todo lo que se pueda medir mediante el uso de contadores. Aquí estaría el agua, la factura de la luz, el gas ciudad…
  • Recibo de la basura: Aunque debería ser el inquilino el que pagase este recibo al ser el que está disfrutando del inmueble, hay casos en los que es el propietario quien se encarga de su pago.
  • Averías o desperfectos: Paga los daños que él o sus visitas causen a la vivienda alquilada (por ejemplo: un cristal). Para estos imprevistos viene bien contratar un seguro especial para inquilinos. Se ocupa también de los pequeños gastos por el uso cotidiano del piso: cambiar una bombilla o la puerta de la lavadora, arreglar la cadena del baño o la correa de la persiana…

De todas formas, antes de realizar la firma de un contrato de alquiler, es recomendable ponerse en contacto con algún experto para que nos oriente en todo el proceso y así evitar sustos innecesarios.

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