Hay situaciones en las que los trabajadores, en lugar de seguir trabajando, tienen que pedir unos días debido a maternidad, viajes, etc. que suponen, no la extinción o continuación del contrato, sino la suspensión del mismo.
La suspensión de un contrato de trabajo está regulado en el Estatuto de los Trabajadores en los artículos 45 a 48. Se trata de situaciones de imposibilidad sobrevenida de la prestación de trabajo que funciona bajo un régimen jurídico peculiar: se interrumpen o suspenden los efectos del contrato, sus obligaciones básicas de prestar trabajo y pagar salario.
Entre las causas que pueden hacer que un contrato de trabajo se suspenda están:
- Maternidad.
- Mutuo acuerdo de las partes o por las causas consignadas válidamente en el contrato.
- Enfermedad o incapacidad temporal.
- Privación de libertad (condena de cárcel).
- Razones disciplinarias.
- Fuerza mayor.
- Huelga.
- Excedencias.