Hacienda aplaza la factura electrónica obligatoria a 2027: respiro para pymes, incógnita para la digitalización

El calendario de la digitalización fiscal en España acaba de dar un giro relevante para empresas y autónomos. El Ministerio de Hacienda ha confirmado el aplazamiento de la obligatoriedad de la facturación electrónica –incluido el sistema Verifactu– hasta el 1 de enero de 2027 para las empresas y el 1 de julio de 2027 para los autónomos. Un retraso de un año respecto al plan previsto, que llega tras la presión de patronales, asesores fiscales y parte de los socios parlamentarios del Gobierno.

El cambio supone un respiro inmediato para el tejido empresarial, especialmente para pymes y autónomos, pero a la vez introduce una nueva dosis de incertidumbre regulatoria en un ámbito clave: la digitalización de los procesos de facturación y el control del fraude fiscal.


Qué es Verifactu y por qué importa a las finanzas de las empresas

El aplazamiento afecta al despliegue de Verifactu, nombre con el que se conoce al nuevo reglamento de sistemas informáticos de facturación desarrollado por la Agencia Tributaria en el marco del Real Decreto 1007/2023. Este reglamento fija los requisitos técnicos que deben cumplir los programas de facturación para garantizar la integridad, trazabilidad y “inviolabilidad” de los registros, y para impedir el uso de software de doble uso que permita ocultar ventas.

Verifactu no es exactamente “la factura electrónica” clásica, sino un sistema de control que obliga a que cada factura lleve una especie de huella digital y, en su caso, un código QR que permita rastrear la información. Además, contempla el envío de los registros de facturación a la Agencia Tributaria, en tiempo real o diferido, reforzando la transparencia y facilitando las inspecciones.

Para las empresas, esto se traduce en:

  • Adaptación o sustitución de su software de facturación, ERP o TPV.
  • Inversiones en integración, consultoría y certificación.
  • Cambios de procedimiento interno (contabilidad, reporting, conciliaciones, relación con asesorías).

Hasta ahora, la obligación técnica de adaptar los sistemas se mantenía para 2025, y la plena obligatoriedad de uso efectivo se desplazaba a 2027 en función del volumen de operaciones. El nuevo anuncio consolida ese horizonte de 2027 como fecha clave para el cumplimiento generalizado.


Las razones del Gobierno: más tiempo para adaptarse… y menos ruido político

Hacienda justifica el aplazamiento en “la necesidad de ofrecer más tiempo a las empresas, especialmente pymes y autónomos, para adaptarse de forma adecuada a las exigencias técnicas del nuevo sistema”. En la práctica, los desarrollos reglamentarios, las guías técnicas y los procesos de certificación avanzan más despacio de lo previsto, mientras que en muchos despachos y asesorías tributarias aún reinaba la confusión sobre detalles operativos críticos.

Asociaciones de asesores fiscales y entidades empresariales como CEOE o ATA venían advirtiendo del riesgo de un “colapso adaptativo” a las puertas de la entrada en vigor, especialmente para los pequeños contribuyentes con menos recursos tecnológicos. Su mensaje era claro: sin certidumbre normativa cerrada y sin tiempo suficiente, los costes de cumplimiento podían dispararse, y el riesgo de errores, sanciones y tensiones de tesorería aumentaba.

A este contexto técnico se suma un componente político nada menor. El propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha vinculado este aplazamiento al paquete de compromisos con Junts que se vehiculará mediante un Real Decreto-ley. Entre esos compromisos figura explícitamente “una ampliación del plazo para promover la digitalización de los procesos de facturación en empresas”, que debía activarse en apenas un mes.

En clave financiera, el mensaje que recibe el mercado es doble: por un lado, el Ejecutivo mantiene el rumbo hacia la digitalización fiscal; por otro, está dispuesto a modular el ritmo cuando el coste político y económico de seguir adelante “a cañonazos” se vuelve demasiado alto.


Impacto económico: alivio de corto plazo, dudas de medio plazo

Para el tejido empresarial el aplazamiento tiene efectos inmediatos:

  • Alivio de corto plazo de CAPEX: muchas pymes habían pospuesto inversiones o estaban negociando a contrarreloj proyectos de actualización de software. El nuevo calendario permite reordenar presupuestos de 2025 y 2026 y evitar picos de gasto concentrados en pocos meses.
  • Más margen para elegir soluciones: disponer de más tiempo debería traducirse en una oferta más madura de soluciones de facturación y Verifactu, con más competencia y, previsiblemente, mejores condiciones económicas.
  • Riesgo de relajación: al mismo tiempo, el retraso puede provocar que muchas empresas vuelvan a “dormirse” y pospongan decisiones clave, generando un nuevo atasco en 2026.

Desde la perspectiva de Hacienda, el aplazamiento también retrasa los beneficios esperados en términos de control del IVA, lucha contra la economía sumergida y reducción del fraude asociado a software de doble uso. El impacto neto en recaudación es difícil de cuantificar, pero en un entorno de cuentas públicas tensionadas no es un detalle menor.

Para el ecosistema de software de gestión, ERPs y facturación, el mensaje es ambiguo:

  • El mercado potencial sigue intacto, pero el pico de demanda se desplaza.
  • Algunos proyectos ya vendidos deberán reescalarse o renegociarse en plazos y fases.
  • Los actores mejor capitalizados podrán aprovechar el margen extra para pulir producto, certificarse y ganar cuota, mientras que los más pequeños verán alargarse el retorno de sus inversiones en desarrollo.

¿Aviso a navegantes? El precedente regulatorio y la sombra de la V16 conectada

Más allá de la factura electrónica, este movimiento se interpreta en algunos despachos como un aviso a navegantes: en un contexto de sobrecarga regulatoria, el Gobierno está dispuesto a recalibrar calendarios cuando percibe que el cumplimiento es materialmente difícil para autónomos y pymes, o políticamente costoso.

En ese sentido, no faltan voces que apuntan a otras obligaciones digitales en el horizonte, como la generalización de las balizas V16 conectadas que deben sustituir a los triángulos de emergencia en carretera. Si el despliegue tecnológico o los costes para conductores y pequeñas flotas no acompañan, no sería sorprendente que esa obligación también terminara modulándose o aplazándose, siguiendo una lógica similar.


¿Qué deberían hacer ahora empresas y autónomos?

Desde una óptica financiera y de gestión de riesgos, el aplazamiento a 2027 no debería interpretarse como una excusa para volver al “ya veremos”, sino como una invitación a hacer las cosas con más cabeza:

  • Planificar la transición por fases, integrando Verifactu y la factura electrónica en una estrategia más amplia de digitalización administrativa y control interno.
  • Negociar con tiempo con proveedores de software y asesorías, evitando prisas que encarecen proyectos y reducen la capacidad de comparar ofertas.
  • Revisar procesos internos de facturación, cobros y conciliación bancaria: la tecnología será útil solo si los flujos de trabajo están bien definidos.
  • Evaluar el impacto en tesorería y reporting: un sistema que envía información casi en tiempo real a Hacienda obliga a ser más disciplinado con descuadres, facturas rectificativas y gestión del IVA.

El horizonte normativo puede moverse, pero la dirección de fondo no cambia: la administración tributaria española y europea avanzan hacia una fiscalidad cada vez más digital, granular y en tiempo casi real.


Preguntas frecuentes sobre el retraso de la factura electrónica y Verifactu

1. ¿Qué empresas están afectadas por el nuevo calendario de Verifactu y la factura electrónica?
La obligación se retrasa hasta el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto de Sociedades (fundamentalmente pymes y empresas) y hasta el 1 de julio de 2027 para el resto, principalmente autónomos. A partir de esas fechas, los sistemas de facturación deberán cumplir con los requisitos técnicos del reglamento y, en su caso, con el envío de registros a la Agencia Tributaria.

2. ¿Tiene sentido que una pyme invierta ahora en software de facturación adaptado a Verifactu?
Sí, especialmente si el software actual está obsoleto o no cubre bien las necesidades de gestión. El retraso reduce la urgencia, pero no cambia la tendencia. Migrar con tiempo permite negociar mejor, evitar prisas de última hora y aprovechar la digitalización para mejorar procesos (tesorería, cobros, conciliaciones, cuadros de mando) más allá del simple cumplimiento normativo.

3. ¿Podría retrasarse otra vez la obligatoriedad más allá de 2027?
No hay ninguna decisión oficial en ese sentido, pero el aplazamiento actual demuestra que el calendario no es inamovible y que la presión combinada de carga administrativa, coste tecnológico y contexto político puede forzar nuevos ajustes. En cualquier caso, planificar como si 2027 fuera una fecha firme sigue siendo la opción más prudente para empresas y autónomos.

4. ¿Qué relación tiene este aplazamiento con otras obligaciones tecnológicas como las balizas V16 conectadas?
No existe un vínculo legal directo, pero sí un patrón: cuando una obligación tecnológica genera dudas de viabilidad práctica o un coste difícil de asumir para millones de usuarios, el Gobierno puede optar por aplazarla o modularla. Por eso algunos expertos ven en este retraso de la factura electrónica una señal de que otras medidas, como la implantación masiva de V16 conectadas, podrían seguir una senda similar si el despliegue real no acompaña.

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