Hacienda refuerza el control sobre pagos con tarjeta y Bizum: qué cambia a partir de 2026

La Agencia Tributaria va a dar en 2026 un salto cualitativo en la información que recibe sobre los movimientos financieros de ciudadanos y empresas en España. Con la aprobación del Real Decreto 253/2025 y de la Orden HAC/747/2025, el Ministerio de Hacienda ha rediseñado varias declaraciones informativas que deben presentar bancos, entidades de pago y emisores de tarjetas. El resultado es un ecosistema mucho más detallado y frecuente de datos sobre cobros con tarjeta, Bizum profesional y movimientos de cuentas.

En el debate público, algunos ya hablan de “Gran Hermano financiero”. Para el Ministerio, se trata de una herramienta clave en la lucha contra el fraude; para muchos autónomos y pequeños negocios, el miedo es claro: “Hacienda va a saber de mi negocio más que yo”.

Fin del umbral psicológico de los 3.000 euros

Durante años, muchos contribuyentes asociaban el control de Hacienda a determinados umbrales: ingresos en efectivo o con tarjeta a partir de 3.000 euros, ciertos límites de movimientos de cuentas, etc. Esos límites no desaparecen del todo, pero pierden relevancia en un contexto en el que el foco se desplaza al seguimiento masivo y automatizado de los datos.

Con el nuevo marco, la Agencia Tributaria no necesita esperar a que se superen determinadas cifras para detectar incoherencias: tendrá un flujo continuo de información sobre lo que facturan los negocios con tarjeta o móvil, así como sobre los movimientos de las tarjetas que superen ciertos volúmenes anuales.

Nuevos modelos informativos: más datos y con mayor frecuencia

El cambio se articula a través de cuatro modelos informativos que deben presentar las entidades financieras y de pago: 196, 181, 170 y el nuevo 174.

Modelo 170: cobros con tarjeta y móvil de empresarios y profesionales
Es el que más inquietud genera entre autónomos y comercios. Las entidades que gestionan cobros con tarjeta o a través de dispositivos móviles (TPV físicos, pasarelas online, Bizum profesional, otras wallets) deberán informar mensualmente a Hacienda de los importes cobrados por cada empresario o profesional.

Es decir, si un comercio cobra 1 euro con tarjeta o 10 euros por Bizum profesional, esa operación formará parte de los datos que su entidad reportará dentro del total mensual asociado a ese negocio. No se trata de una “nueva” obligación material —Hacienda ya disponía de información sobre cobros con tarjeta—, pero sí de un salto en periodicidad (mensual) y alcance, que facilita el cruce casi en tiempo real con las declaraciones de IVA e IRPF.

Modelo 196: cuentas bancarias y saldos
El modelo 196, también reformado, recogerá información periódica sobre cuentas bancarias de clientes: titulares, saldos y determinados movimientos agregados. En la práctica, permitirá a la Agencia cruzar con más precisión ingresos declarados y movimientos reales de empresa y particulares.

Modelo 174: tarjetas con más de 25.000 euros anuales
La gran novedad es el modelo 174, que obliga a informar de las tarjetas de crédito y débito (personales o profesionales) que superen un volumen anual de 25.000 euros entre cargos y abonos. Por debajo de esa cifra, la tarjeta no entra en el radar de este modelo; por encima, la entidad emisora deberá remitir datos agregados de la operativa de esa tarjeta.

Esto no significa que Hacienda vaya a “ver ticket a ticket” todo lo que compra un ciudadano, pero sí que podrá identificar con más facilidad patrones de gasto e ingresos incoherentes con las declaraciones presentadas, especialmente en colectivos de alto consumo o facturación.

Modelo 181: operaciones en efectivo
El modelo 181, ligado a ingresos y retiradas de efectivo, también se actualiza, manteniendo la lógica de control sobre operaciones en metálico de mayor volumen, un terreno tradicionalmente asociado al riesgo de economía sumergida.

Autónomos y pequeños negocios: menos margen para la caja B

El colectivo más vigilado por estos cambios será, previsiblemente, el de autónomos, comercios y pequeños negocios que cobran con tarjeta, TPV virtual o Bizum profesional.

A partir de 2026, la información que Hacienda reciba mensualmente a través del modelo 170 permitirá detectar con facilidad discrepancias notables entre lo cobrado vía medios electrónicos y lo declarado a efectos de IVA e IRPF. Un negocio que declare un nivel de ingresos muy inferior a lo que facturan sus TPV tendrá, simplemente, muchas más posibilidades de recibir un requerimiento.

Para quienes ya declaran correctamente toda su facturación, el impacto será más de gestión que fiscal:

  • necesidad de revisar la conciliación entre TPV, Bizum profesional y contabilidad;
  • conveniencia de automatizar procesos (software de facturación, integración con bancos y TPV);
  • mayor importancia de tener asesoría actualizada en materia fiscal y de protección de datos.

El mensaje de Hacienda es claro: no se crean nuevos impuestos, pero se reduce el margen de opacidad.

¿Y los consumidores? Tarjetas “intensivas” en el punto de mira

Para los ciudadanos, el cambio más visible será la información anual sobre tarjetas que superen los 25.000 euros anuales entre cargos y abonos. Una tarjeta con ese nivel de uso —sea personal o vinculada a una actividad económica— quedará identificada en el modelo 174, con datos agregados que permitirán a la Agencia cruzar esa operativa con la renta declarada del titular.

En paralelo, la tendencia estructural es clara: el uso del efectivo se reduce año tras año, mientras que las tarjetas y pagos móviles se consolidan como el medio preferido en compras de cierto importe. Según datos recientes, en supermercados y grandes cadenas ya se aplican límites generalizados a los pagos en efectivo por encima de 999,99 euros, en línea con la normativa antifraude española.

Diversos colectivos, como la plataforma Denaria, vienen alertando de que la reducción del efectivo y el aumento del control digital pueden perjudicar a los colectivos más vulnerables y a la inclusión financiera, especialmente en zonas rurales y entre personas mayores.

Privacidad, efectivo y límites legales

En este contexto, muchos ciudadanos se preguntan qué pueden hacer para preservar una cierta esfera de privacidad financiera. Una reacción natural es recurrir más al pago en metálico, no tanto “para ocultar” como por la sensación de estar permanentemente monitorizado.

Conviene recordar varios puntos clave:

  • Pagar en efectivo sigue siendo legal y está protegido por la normativa española y europea, pero existen límites: en general, no se pueden superar los 1.000 euros en operaciones en las que intervenga un empresario o profesional con un consumidor residente en España, salvo excepciones muy concretas.
  • El uso de efectivo no exime de declarar ingresos. Un autónomo que cobre en metálico sigue obligado a emitir factura cuando corresponda y a declarar esos ingresos en IVA e IRPF.
  • La acumulación de efectivo sin justificar también puede generar sospechas en caso de inspección, especialmente si no guarda relación con los ingresos declarados o con el patrimonio conocido.

En otras palabras: el efectivo puede aportar algo de privacidad en el día a día, pero no es una vía legítima para eludir obligaciones fiscales.

Hacia un “gran tablero de datos” tributarios

Desde la perspectiva de la administración, la estrategia es evidente: construir un gran tablero de datos financieros y de consumo que permita anticipar el fraude y dirigir mejor las actuaciones de control.

Los nuevos modelos 170, 174, 181 y 196 encajan en una tendencia global hacia la supervisión basata en datos masivos, análisis algorítmico y cruce automatizado de información. En paralelo, la Inteligencia Artificial se perfila como herramienta para detectar patrones anómalos y riesgos de incumplimiento en tiempo casi real.

Para los contribuyentes cumplidores, el mayor riesgo no es tanto el impuesto adicional como el coste de un error:

  • descuadres entre TPV y contabilidad;
  • olvidos en la declaración de ciertos ingresos;
  • uso confuso de cuentas personales y profesionales.

En este escenario, la mejor estrategia defensiva pasa por anticiparse: ordenar la información financiera, separar con claridad cuentas personales y de negocio, automatizar la facturación y revisar periódicamente que lo declarado coincide razonablemente con lo que reflejan bancos y TPV.

La percepción social, sin embargo, seguirá muy dividida. Para unos, se trata de un paso necesario para que todos paguen lo que les corresponde. Para otros, un salto hacia un modelo de vigilancia financiera en el que el contribuyente se siente “presunto culpable” cada vez que usa la tarjeta.

Lo que parece seguro es que, a partir de 2026, Hacienda tendrá mucha más información para vigilar… y los contribuyentes, menos margen para la improvisación.

Preguntas frecuentes

¿Significa esto que Hacienda verá cada pago individual que hago con tarjeta?
No necesariamente ticket a ticket, pero sí tendrá datos agregados muy detallados: lo que cobran los negocios con tarjeta o móvil cada mes (modelo 170) y, en el caso de tarjetas que superen 25.000 euros al año, información específica sobre su operativa (modelo 174).

¿Afecta este cambio a Bizum entre particulares?
No. Los Bizum entre particulares no se reportan como tales en estos modelos. El foco está en los cobros de autónomos y empresas mediante Bizum profesional u otros sistemas de pago vinculados a TPV y dispositivos móviles.

¿Puedo usar más efectivo para tener privacidad sin problemas con Hacienda?
Se puede usar efectivo dentro de los límites legales (generalmente hasta 1.000 euros en operaciones con empresarios o profesionales), pero los ingresos deben declararse igualmente. El efectivo no es un escudo frente a las obligaciones fiscales.

¿Qué deberían hacer autónomos y pequeños negocios ante estos cambios?
Revisar sus sistemas de facturación y cobro, automatizar la conciliación entre TPV/Bizum y contabilidad, separar bien lo personal de lo profesional y apoyarse en asesoría especializada para minimizar descuadres entre lo que ve Hacienda y lo que se declara.

vía: X Twitter

Scroll al inicio