Reforma fiscal en cuanto al IVA e IS

En uno de los últimos post, hicimos referencia a los cambios más destacados en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas (IRPF), tras la aprobación el pasado jueves 20 de noviembre del proyecto de reforma en el Congreso de los Diputados, por los miembros del PP y Ciu, y con la oposición del resto de partidos. Pues bien, hoy hablaremos de las modificaciones más significativas en cuanto al Impuesto sobre Valor Añadido (IVA), y el Impuesto de Sociedades (IS).

Fuente: eldiario.es
Fuente: eldiario.es

En cuanto al IVA, se mantendrán en el IVA reducido del 10% los productos destinados a paliar deficiencias, como por ejemplo gafas o prótesis, pero lo productos intermedios de elaboración de medicamentos, equipos médicos, instrumental sanitario y productos farmacéuticos, saldrán de esta categoría, para subir al tipo general del 21%.

Por el contrario, el sector de las flores, pasará del general del 21% al reducido del 10%. Respecto a las nuevas tecnologías, los libros electrónicos tributaran en el país en el que sea descargado, ocurriendo lo mismo con telecomunicaciones, radiodifusión y televisión.

En cuanto al IS, destacamos, que salvo para las entidades de crédito, y empresas dedicadas a la explotación de hidrocarburos, el tipo se bajará del 30% al 28% en el próximo año y 25% en el 2016. Incluso las empresas de nueva creación tributaran en el primer periodo impositivo al 15%. Para acercar el tipo efectivo al nominal, se aumentará la base imponible del impuesto.

Además en esta reforma fiscal, se sustituye las deducciones por reinversión de beneficios por la deducción de reserva de capitalización, quedando por tanto exenta la parte del beneficio destinada a reserva indisponible. Asimismo, se creará una reserva para pymes para compensar pérdidas. También es destacable, que la compensación de las bases imponibles negativas se limita al 60% desde 2016 para evitar el recurso al endeudamiento, aunque se aplicará a partir de un millón de euros para no perjudicar a las pymes. Se prorrogan las medidas temporales en vigor relativas a pagos fraccionados incrementados, limitación de compensación de pérdidas, limitación del fondo de comercio e incremento del pago fraccionado con dividendos de fuente extranjera.

Y por último, en cuanto a cultura, las producciones cinematográficas españolas se desgravarán el 20% del primer millón de euros invertido y las extranjeras el 15% de los gastos realizados en territorio español con un límite de 2,5 millones, y siempre que el gasto mínimo sea de un millón de euros; El desarrollo de actividades de proyectos de demostración inicial o proyectos piloto relacionados con la animación y los videojuegos permitirá aplicar la deducción del 12%; se producirá también una deducción del 20% para apoyar la producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.

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