El periodo de prueba de los contratos

Periodo de Prueba

Todos los contratos tienen un periodo de prueba estipulado por el Estatuto de los Trabajadores (artículo 14) que puede ser desarrollado por convenio colectivo.

El objetivo de este periodo es el de ver si ambas partes se adaptan a la actividad y a los compañeros algo que, a veces no se da, y aunque puedas pensar al contrario, este tiempo de prueba que se trabaja (que suele ser de entre 15 y 30 días) se computa para la Seguridad Social aunque para la empresa esa antigüedad no servirá si no se sigue trabajando en ella.

La extinción del contrato durante el periodo de prueba no necesita de ningún preaviso, simplemente se da cuando el trabajador o el empresario no satisfacen los objetivos que habían estado establecidos en un primer momento. Eso sí, una vez pasado el periodo de pruebas no se puede despedir al trabajador por ineptitud ni por no adaptación al trabajo. Por supuesto, la extinción, al igual que con el contrato, ha de ser por escrito y dependerá de quién rompa el contrato (si el trabajador como extinción voluntaria, o el empresario, por no superar el periodo de prueba).

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