España Introduce Cambios en el Modelo 210 para 2027: Nuevos Plazos y Estricto Control de Hacienda sobre Alquileres

Silvia Pastor

La Agencia Tributaria de España ha anunciado importantes modificaciones en los plazos y el formato del Modelo 210, destinado a los propietarios no residentes que declaran sus ganancias en el país. Los cambios, que serán efectivos a partir del 1 de enero de 2027, fueron publicados en el Boletín Oficial del Estado el 23 de junio de 2026 mediante la Orden HAC/623/2026. Estas modificaciones impactarán a cientos de miles de propietarios extranjeros que poseen inmuebles en España.

Uno de los cambios más significativos es el traslado del periodo de presentación de las declaraciones de ingresos por alquiler. Hasta ahora, los propietarios tenían que cumplir este trámite entre el 1 y el 20 de enero. A partir de 2027, el plazo se correrá al 1 y el 20 de abril, obligando a que los ingresos por alquiler generados en 2026 sean declarados en abril de 2027. Además, el plazo para la renta imputada comenzará desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre, en sustitución del habitual inicio en enero.

El nuevo Modelo 210 exigirá información más detallada a los rentistas. Los solicitantes deberán especificar el número de días que una propiedad estuvo alquilada o disponible para uso personal, así como el porcentaje de propiedad del declarante. Este ajuste permitirá un cruce más eficaz de datos entre las diferentes declaraciones y facilitará la tarea de calcular la renta imputada en aquellos casos en que las propiedades solo hayan sido alquiladas parcialmente durante el año. Asimismo, se incorporará un campo para verificar la referencia catastral del inmueble, con el objetivo de minimizar discrepancias con la información fiscal.

Además, el desglose de los gastos deducibles del alquiler deberá presentarse en categorías específicas como intereses, gastos de comunidad o suministros, en lugar de ser registrados como una única cifra.

Pese a los cambios introducidos, ciertos aspectos del Modelo 210 permanecerán sin alteraciones, como los tipos impositivos: 19% para residentes de la UE/EEE y 24% para el resto, así como la base imponible de la renta imputada, que seguirá siendo del 1,1% o el 2% del valor catastral, dependiendo del municipio.

Los propietarios que necesiten declarar la renta imputada correspondiente al ejercicio 2025 deberán hacerlo antes del 31 de diciembre de 2026 utilizando el formulario vigente. Por otro lado, las declaraciones del ejercicio 2026 deberán ser realizadas con el nuevo formato.

Estos cambios han generado una expectativa de adaptación entre los afectados, y en respuesta, plataformas como IberianTax se preparan para ofrecer asistencia a los propietarios no residentes. Esta herramienta digital facilitará la gestión de las obligaciones fiscales desde el extranjero, permitiendo la presentación telemática del Modelo 210 en varios idiomas y sin necesidad de conocimientos previos de fiscalidad. Además, IberianTax promete mantener su software actualizado para alinearse con las nuevas disposiciones del Modelo 210, asegurando que los propietarios estén informados sobre los cambios legislativos y cumplan con los plazos de presentación sin sorpresas.

Scroll al inicio