Guía para descargar el borrador de la Renta de 2020

Mañana, día 7 de abril, da comienzo el periodo para la presentación de la declaración de la renta 2020. Desde ese momento, y hasta el 30 de junio, se podrá solicitar y confirmar el borrador por Internet o desde la app de la Agencia Tributaria, además de confeccionarla de forma manual. Además de poder solicitar el borrador, también será posible consultar los datos fiscales y un resumen del borrador a través de la app de la Agencia. Eso sí, la app no permite modificar el borrador y tampoco añadir datos adicionales.

Como siempre ocurre cuando esta fecha llega, los expertos recomiendan revisar que toda la información es correcta, e incluir aquellos datos que no aparezcan en el borrador, como las deducciones fiscales a la que se tengan derecho.

Para que la descarga del borrador sea más sencilla, desde HelpMyCash han presentado una guía gratuita para descargar el borrador de la renta paso a paso por Internet.

Certificado electrónico, número de referencia o Cl@ve PIN

Para consultar, modificar y presentar el borrador o la declaración por Internet será necesario identificarse con uno de estos tres sistemas: certificado o DNI electrónico, número de referencia o Cl@ve PIN. Para tramitar el borrador a través de la app se tendrá que acceder con el sistema Cl@ve o con el número de referencia.

Los contribuyentes que no tengan un certificado digital y que no estén registrados en el sistema Cl@ve pueden solicitar un número de referencia a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Lo obtendrán al instante, pero para ello necesitarán informar del valor de la casilla 505 de la renta de 2019.

El importe de la casilla 505, correspondiente con la base liquidable general sometida a gravamen, se puede encontrar en la declaración o el borrador que presentamos el año pasado si conservamos una copia. También aparece en el documento de ingreso o devolución, explican los expertos de HelpMyCash en su guía. En caso de no disponer de él, se puede solicitar cita previa en una oficina de la Agencia Tributaria para obtener el valor de dicha casilla.

Caso aparte son los contribuyentes que el año pasado no presentasen la declaración o aquellos a los que la casilla 505 les diese un resultado igual a cero. Estos contribuyentes no necesitarán introducir el valor de dicha casilla para solicitar el número de referencia, sino los últimos cinco dígitos del código IBAN de una cuenta corriente a su nombre.

Alternativa a la casilla 505

Aquellos que no tengan el importe de la casilla 505 ni un certificado electrónico tienen una alternativa que les evitará tener que desplazarse a una oficina de la Agencia Tributaria: registrarse en el sistema Cl@ve PIN.

El alta se puede llevar a cabo solicitando un código seguro de verificación que el contribuyente recibirá por correo postal en su domicilio y que le permitirá completar el registro por Internet, aunque los expertos de HelpMyCash explican que hay otro sistema más rápido para registrarse en el servicio Cl@ve PIN: hacerlo por videoconferencia.

También es posible registrarse en el sistema Cl@ve presencialmente en una oficina acreditada o por Internet con un certificado electrónico, aunque el propio certificado ya permite acceder de por sí al servicio de tramitación del borrador.

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