El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Teruel ha emitido una sentencia histórica en el marco de las hipotecas multidivisa, un problema que ha afectado a numerosos consumidores. La sentencia, dictada el pasado 10 de abril de 2026, ha estimado la demanda interpuesta por USFIN Sociedad Cooperativa de Consumidores y Usuarios contra una entidad bancaria, declarando la nulidad de las cláusulas multidivisa en un préstamo hipotecario suscrito en agosto de 2008.
La demanda fue presentada en 2025 y, aunque la entidad bancaria se presentó en el proceso, no cumplió con los plazos establecidos para responder, lo que llevó al juzgado a declararla en rebeldía procesal. Esto permitió que el procedimiento avanzara sin la oposición formal del banco, facilitando que se dictara una resolución favorable a los consumidores afectados.
El magistrado Jerónimo Cano de Lasala basó su fallo en un precedente del Tribunal Supremo del 17 de marzo de 2026, que calificó de abusivas las cláusulas multidivisa por su falta de transparencia. Como resultado, el juzgado ordenó recalcular el préstamo en euros, retrotrayéndose a un capital inicial de 150.000 euros y adoptando el Euribor como índice de referencia, añadiendo el diferencial pactado. El banco también fue obligado a devolver las sumas cobradas en exceso, respetando asimismo los intereses legales, costos y comisiones incurridas a lo largo del proceso judicial.
Pese a que la sentencia aún estaba sujeta a apelación, la entidad bancaria optó por cumplir voluntariamente con el fallo. Reconoció una cantidad a favor de la parte demandante de 57.413,05 euros, la cual fue consignada judicialmente el 13 de julio de 2026. Este acto permitió que la sentencia se confirmara como definitiva y ejecutable, marcando un punto de inflexión en la forma en que ciertas entidades están abordando las demandas relacionadas con hipotecas multidivisa.
Representando a los demandantes, el abogado Juan José Ortega, del bufete Ortega & García Abogados, expresó su satisfacción ante el resultado del caso. «Estamos muy contentos por obtener dicha sentencia en un tiempo récord», comentó Ortega. «Aplaudo el comportamiento de la entidad, que no solo no ha apelado la resolución, sino que ni siquiera ha contestado a la demanda, lo que podría interpretarse como una nueva política frente a las demandas por hipoteca multidivisa que recibe».
Este caso podría sentar un precedente importante en la lucha de los consumidores contra clausulas contractuales abusivas y marca una victoria significativa para aquellos que se han visto atrapados en complejas estructuras financieras que complican la gestión de sus finanzas personales.







