¿Se puede pedir un adelanto de la nómina?

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¿Se puede pedir un adelanto de la nómina? Como pedir, se puede pedir, obviamente, lo que ya no se sabe es si el empresario lo concederá o no.

El Estatuto de los trabajadores (ET), en su artículo 29, reconoce que el trabajador pueda solicitar al empresario un adelanto de su nómina teniendo en cuenta dos cosas:

  • No se puede pedir el 100% de la nómina.
  • A la hora de devolverlo lo que se suele hacer es descontarlo de esa nómina.

Normalmente se firma un papel, tanto por el empresario como por el trabajador, donde se acuerda que ha habido un adelanto de la nómina y que se descontará de esa nómina lo que se ha dado por adelantado. Otras veces el adelanto se puede dividir por partes haciendo descuentos en las nóminas siguientes pero eso depende ya del empresario.

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