Autónomos y módulos, resolviendo dudas

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Ante las muchas dudas que últimamente nos están llegando en el post dedicado en su momento a los autónomos, el IVA y los módulos vamos a irlas respondiendo a través de artículos y no en comentarios ya que creemos que queda más claro y no se acumulan un sinfín de ellos.

En esta ocasión nos pregunta Ana:

Hola, soy Ana y tengo una duda, etoy pensando en darme de alta como autónoma porque quiero montar una empresa de servicios. Esta empresa de momento no va a tener local al público, ya que los servicios los presta a través de la solicitud del mismo vía telefónica, es decir, los clientes llaman y se les presta el servicio. Mi pregunta és que estaba pensando en darme de alta como autónoma por módulos, pero creo que esto va en función de los metros del local destinado al público, pero en este caso no hay local. ¿Me podriais indicar la cantidad aproximada que devería pagar como autonoma por módulos en una empresa de servicios sin local para atención al público?. Gracias, un saludo.

Respuesta: Ana la primera pregunta que debes hacerte es si la actividad a la que quieres dedicarte está incluida en las que pueden acogerse a módulos ya que el listado de negocios que están incluídos en este régimen viene dado por la Administración. Por ejemplo, como «servicios prestados por teléfono» no existe un epígrafe concreto por lo que deberías ser más específica en cuanto al servicio a prestar ya que, en principio, podría no haber posibilidad de que estuvieras incluida en módulos.

Como añadido te diré que no en todos los epígrafes de módulos se usa la superficie de local como magnitud para calcular las cuotas. Indícanos más en profundidad qué piensas vender y podremos serte de más ayuda.

Si tienes más dudas no dudes en volver a visitarnos.

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